Salario mínimo interprofesional para 2023

Salario mínimo interprofesional para 2023

Salario mínimo interprofesional para 2023

El BOE de 15 de febrero, publica el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023.

El Gobierno llegó a un acuerdo con los Sindicatos para subir el SMI en 2023 un 8% hasta alcanzar los 1080 € brutos mensuales en 14 pagas, (36 €/día, 15.120 €/año).

¿Cómo se aplica este cambio? Una vez publicado en el BOE la subida de los actuales 1.000€ a los 1.080 en 14 pagas mensuales, se debe aplicar con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023. Esto quiere decir que la nómina del mes correspondiente a su entrada en vigor debe incluir el incremento salarial que, en su caso, suponga al trabajador desde enero.

Debemos tener presente que la aplicación del SMI, (cuando proceda), es imperativa desde la entrada en vigor del Real Decreto que lo establece, (a partir de mañana 16 de febrero), sin esperar a la actualización de las tablas salariales del Convenio colectivo de aplicación.

¿Qué cambios implican en las empresas esta subida del 8%? Las empresas deberán incrementar los salarios de sus trabajadores que sean inferiores al actual SMI, en su conjunto y en su cómputo global. Hay que tener en cuenta que si el trabajador realiza una jornada inferior el salario se aplicará de manera proporcional, ya que el SMI afecta a aquellos trabajadores con jornada completa.

En el caso de los trabajadores que perciben un salario superior al mínimo, en conjunto y cómputo anual, esta subida no les afecta porque queda absorbida o compensada.

La subida del SMI produce un aumento de las bases mínimas de cotización. Como es lógico, este crecimiento implica unas cotizaciones mayores. Esto hace esperar una inminente modificación de la recién publicada orden de cotización.